Noticias

Abierta la convocatoria de la subvención Programa Deporte Solidario

Ya está abierta la convocatoria de las subvenciones para participar en el programa de las escuelas deportivas “Deporte Solidario”, temporada 2022/2023.

Procedimiento de concesión de la subvención.

El procedimiento de concesión de la subvención es el de concurrencia competitiva, por lo que las becas se otorgarán según los principios de publicidad, concurrencia y objetividad.

- Requisitos y régimen de las ayudas.

-La beca se otorgará previa petición del solicitante.

-El solicitante (progenitor o tutor) y el alumno/a deberán estar empadronados en la Pobla de Vallbona.

-El alumno/a de la Escuela Deportiva deberá ser menor de 16 años (extremo que deberá cumplir a la finalización del plazo de solicitud).

-Inscribirse en alguna de las modalidades de Escuelas Deportivas recogidas en la guía del Ayuntamiento.

-Asistir y participar de forma activa en las actividades de la escuela durante todo el curso.

No encontrarse incurso en ningún supuesto del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Se exceptúa el cumplimiento del apartado 13.2 e, dada la naturaleza de la subvención.

Miembros de la unidad familiar.

Son miembros computables de la unidad familiar:

1. Los progenitores o tutores del menor.

2. El alumno/a.

3. Hermanos/as solteros/as que sean menores de 26 años y que convivan en el domicilio familiar.

4. Hermanos/as solteros/as mayores de 26 años, con una diversidad funcional igual o superior al 33%, siempre que se acredite que convive en el mismo domicilio y siempre que no perciban ningún tipo de ingresos.

En el caso de divorcio o separación legal de los progenitores, no se considerará miembro computable el que no conviva con la persona solicitante de la beca. Sin embargo, y esto se aplicará también en relación con la viudedad de alguno de los progenitores, sí que tendrá la consideración de miembro computable el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación, aunque no se encuentre legalizada su situación como pareja de hecho, cuya renta se incluirá en el cómputo de la renta de la unidad familiar.

En el caso de custodia compartida, se considerarán miembros de la unidad familiar los que convivan en el domicilio en el que se encuentre empadronado. Para esto se habrá de aportar acuerdo o resolución por la que se establece el régimen de custodia compartida. 


Últimos bandos

Últimas noticias

Agenda